viernes, 4 de enero de 2013

El Defensor del Pueblo de España responderá sobre el estado de las ermitas del monte Miral y el monasterio de San Ginés de la Jara

Ante la supresión del Defensor del Pueblo de la Región de Murcia, dicho organismo ha remitido el expediente de la queja presentada sobre el lamentable estado del eremitorio del monte Miral y el monasterio de San Ginés de la Jara al Defensor del Pueblo de España para su tramitación. 

El organismo nacional responderá al siguiente escrito:


DESTINATARIO:
CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO.
DEFENSOR  DEL  PUEBLO  DE  LA  REGIÓN  DE  MURCIA.

ASUNTO:
ALEGACIONES   PARA  INCLUIR  EN  EXPEDIENTE Nº:  Q-12/521

27 de septiembre de 2012.

Estimado Defensor del Pueblo de la Región de Murcia, D. José Pablo Ruiz Abellán:
En primer lugar, agradezco que haya contestado a mi escrito sobre el deplorable estado en el que se encuentra el único monasterio medieval situado en la Región de Murcia, el Monasterio de San Ginés de la Jara, puesto que ha sido el único de los departamentos que lo ha hecho pese a que el pasado 27 de junio también registré copia para el Director de Patrimonio, Informática y Telecomunicaciones, el Director General de Territorio y Vivienda y el Director General de Bienes Culturales. Sin embargo, ellos no se han dignado siquiera a responderme.

Tras recibir, el pasado 20 de septiembre, la respuesta de la Institución que usted dirige y siguiendo sus indicaciones le presento las alegaciones al informe que ha remitido el Ayuntamiento de Cartagena a dicha Institución respecto a la titularidad del Monasterio y, por tanto, a la responsabilidad de su necesaria restauración.

Precisamente, son los hechos relatados por el Ayuntamiento los que motivaron mi queja puesto que, como asegura, la Junta de Gobierno Local acordó el pasado 27 de abril que “procedería a la ejecución subsidiaria” de las obras de restauración del citado Monasterio de acuerdo con el proyecto presentado previamente por HANSA URBANA S.A, “el urbanizador” de la actuación del Plan Parcial San Ginés de la Jara en el que se ubica el BIC. El Programa de Actuación fue aprobado el 20 de abril de 2006 y finalmente autorizado por la licencia concedida el 4 de abril de 2007 a dicha mercantil.

Yo ya era consciente del “compromiso complementario del urbanizador” adquirido entonces en cuanto a la restauración y mantenimiento del Monasterio pero los hechos demuestran que HANSA URBANA solo se ha limitado durante este tiempo a cerrar los accesos al inmueble y a realizar catas arqueológicas.

Me decepciona y sorprende que el único requerimiento oficial que conozco sea el ultimátum dado por la Junta Local de Gobierno seis años más tarde, cinco años después de la pertinente licencia a  HANSA URBANA. Pero me indigna comprobar que solo ha conseguido del “urbanizador” el tapiado de ventanas y boquetes que había en el muro que rodea al Monasterio, realizada por la mercantil la pasada primavera, intentando evitar la entrada de intrusos y expoliadores que durante el letargo administrativo e injustificada permisividad de la Administración Local ya han despojado al edificio de casi la totalidad de su contenido, desde la campana hasta los azulejos. Han desaparecido la mayoría de las pinturas de sus paredes y cuantos elementos de valor patrimonial contenía. Incluso corre peligro la estabilidad estructural del conjunto y así debió de constatarse en la inspección municipal realizada el pasado mes de noviembre, la única que conozco se ha practicado en los últimos cinco años.

Me pregunto y le pregunto a usted:

1º- ¿Le ha remitido el Ayuntamiento el informe de la citada inspección?

2º- Dado el riesgo real que padece el Monasterio y la evidente dejadez con la que el ahora propietario, el Ayuntamiento de Cartagena, y el responsable de su conservación y mantenimiento, HANSA URBANA, tutelan el inmueble, ¿por qué el Ayuntamiento no procede a la restauración del Monasterio con independencia de lo que finalmente dictaminen los tribunales administrativos, civiles o penales a que haya lugar recurrir para dictaminar sobre las correspondientes obligaciones que competen a los implicados en la ejecución del Proyecto?

3º- ¿Por qué el Ayuntamiento de Cartagena ha tardado cinco años en cursar petición formal a HANSA URBANA pese a que el citado “compromiso complementario del urbanizador” contaba con un plazo máximo de seis meses para el inicio de las obras y 24 meses para su finalización, según licencia concedida el 4 de abril de 2007?

4º- ¿Qué dice el informe resultante de las catas arqueológicas encargadas por HANSA URBANA años atrás? Quizás descubra indicios que corroboren la importancia cultural del recinto y se sumen a los valores que ya lo han hecho merecedor de la categoría de “monumento” de la Región de Murcia.

5º- Actualmente, ¿en qué estado se encuentran las Ermitas del Monte Miral, conjuntamente declaradas BIC?

6º- ¿Por qué no se hace otra inspección a las tres Ermitas del Miral declaradas BIC e igualmente se publicita? Soy consciente que introduzco un nuevo elemento a mi queja, tres en concreto, pero son parte del mismo conjunto cultural. ¿Necesita la Institución de Defensor del Pueblo de la Región de Murcia que inicie un nuevo expediente? Hágamelo saber porque actuaré en consecuencia.

7º- En los últimos cinco años, ¿no ha habido un solo euro para invertir en la necesidad de recuperar un edificio medieval, singular en la Región de Murcia, dentro de la correspondiente partida dedicada al Patrimonio sea local o regional? ¿Ni un euro tampoco para las Ermitas del Monte Miral que también deberían de ser protegidas?

8º- ¿Por qué motivo el Monasterio de San Ginés de la Jara sigue siendo testigo de la pasividad y desidia tanto del Ayuntamiento como del urbanizador? Las leyes velan por todo lo contrario, ¿qué intereses justifican una actuación tan denigrante contra el Patrimonio en las referidas ermitas y en el Monasterio?

Permítame la comparación que desde mi incomprensión concluyo, el Monasterio de San Ginés de la Jara y las Ermitas del Monte Miral simbolizan el ultraje por todos sabido, conocido y contemplado y por todos vergonzosamente permitido, tolerado. Al amparo que la Institución del Defensor del Pueblo ostenta, hago constar de nuevo mi queja, mis alegaciones y mi ruego en la esperanza de que finalmente, en el caso concreto del Monasterio, el Ayuntamiento y la mercantil cumplan con sus propios compromisos; que sus acuerdos se correspondan con hechos constatables, que haya coherencia en sus respectivas actuaciones y demuestren que la palabra dada, firmada, rubricada por notaría y autorizada según corresponde es fehaciente y no papel mojado, simple efecto teatral para engañar y manipular a los ciudadanos.

Por todo lo expuesto pido que el Ayuntamiento cumpla, con carácter de urgencia, las obligaciones adquiridas en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 27 de abril de 2012 respecto a la restauración “subsidiaria” del Monasterio de San Ginés de la Jara y me sumo a las alegaciones incluidas en el Expediente Q-12/505, a la que dicha Institución ha acumulado mi queja según la “decisión” que me hizo llegar a mi domicilio a finales del pasado mes de julio.

El Defensor del Pueblo de la Región de Murcia, antes de abandonar su puesto a finales del 2012, respondió al expediente Q-12/505 con un recordatorio del deber legal a la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo y al Ayuntamiento de Cartagena. Podéis leerlo bajando el cursor. 


A ello se sumará ahora la contestación del organismo nacional. Sus decisiones tampoco son vinculantes pero resulta muy esperanzador que el abandono que padece todo el BIC de San Ginés de la Jara sea observado desde fuera de los dominios locales y regionales. ¿Qué dirá al respecto? ¿Cómo reaccionará el Ayuntamiento de Cartagena? ¿Qué hará la Dirección General de Bienes Culturales? ¿Y los ciudadanos? ¿Seguirán tolerándolo?










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